Esta guía legal del contrato de prestación de servicios en Colombia es una herramienta esencial para profesionales, freelancers y empresas que buscan claridad sobre esta figura jurídica. A menudo, este tipo de acuerdo se confunde con un contrato laboral, lo que puede generar graves problemas legales para ambas partes.

En este artículo, te explicaremos de manera sencilla qué es este contrato, cuáles son sus características clave, cómo se diferencia de un contrato de trabajo y qué aspectos de seguridad social debes tener en cuenta.

Qué es el Contrato de Prestación de Servicios

El contrato de prestación de servicios es un acuerdo de voluntades regido por el Código Civil y el Código de Comercio de Colombia, en el cual una persona natural o jurídica (el contratista) se obliga a realizar una actividad o un servicio específico a favor de otra (el contratante), a cambio de una remuneración.

A diferencia del contrato laboral, que implica una relación de dependencia, este tipo de contrato se fundamenta en la autonomía e independencia del contratista. Su propósito es la ejecución de una tarea o un proyecto puntual, sin que exista una obligación de subordinación continua o el cumplimiento de un horario fijo. La ley colombiana, en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, ha dejado claro que la esencia de este contrato es la ausencia total de un vínculo de subordinación.

Características del contrato de prestación de servicios

Un contrato de prestación de servicios en Colombia no es lo mismo que un contrato laboral. Para que sea considerado como tal, debe cumplir con las siguientes características:

1. Independencia y Autonomía

El contratista es libre de elegir cómo y cuándo ejecutar el servicio. No hay una relación de subordinación, es decir, el contratante no puede darle órdenes directas, imponer horarios fijos o supervisar de forma continua. La única obligación del contratista es entregar el resultado del servicio acordado.

2. Ausencia de Subordinación

Esta es la característica más importante y la que más confunde a las personas. Un contratista no depende del contratante. No tiene un jefe directo, no debe cumplir con un horario específico, ni debe usar las herramientas de la empresa, a menos que se haya pactado en el contrato.

3. Remuneración por Servicio, no por Salario

A un contratista no se le paga un «salario», sino unos honorarios por el servicio prestado. Esta remuneración se pacta libremente entre las partes y no está sujeta a un salario mínimo ni a prestaciones sociales como primas, cesantías o vacaciones.

4. Objeto Específico del Contrato

El contrato de prestación de servicios se firma para una tarea o proyecto concreto. Una vez que el servicio se completa, el contrato termina. Esto lo diferencia del contrato laboral, que implica una labor continua y por tiempo indefinido.

¿Qué es un contrato por prestación de servicios en Colombia?
Contrato de prestación de servicios en Colombia: Guía legal

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Diferencia entre el contrato de prestación de servicios y el contrato laboral

Esta es la pregunta que más dudas genera. Aunque ambos contratos implican una relación de trabajo, las diferencias son sustanciales y están definidas por la ley colombiana. La principal diferencia es la subordinación o dependencia que existe en el contrato laboral. A continuación, te mostramos una tabla comparativa que resume los puntos clave:

Aspecto ClaveContrato de Prestación de ServiciosContrato Laboral (Término Fijo o Indefinido)
DefiniciónSe contrata un servicio específico para obtener un resultado concreto.Se contrata una persona para una labor continua bajo órdenes directas.
SubordinaciónNo existe. El contratista tiene autonomía y no recibe órdenes.Existe. El trabajador debe cumplir con órdenes, horarios y directrices del empleador.
Horario y LugarNo se impone un horario fijo. El contratista define su tiempo y lugar de trabajo.Se debe cumplir con un horario y lugar de trabajo definidos por el empleador.
RemuneraciónSe pagan honorarios o una tarifa fija por el servicio.Se paga un salario que puede ser fijo o variable.
Prestaciones SocialesEl contratista no tiene derecho a prestaciones como primas, cesantías o vacaciones.El trabajador tiene derecho a primas, cesantías, vacaciones y otros beneficios.
Seguridad SocialEl contratista asume el 100% del pago de sus aportes a salud, pensión y ARL.El empleador asume la mayor parte de los aportes a seguridad social.
TerminaciónFinaliza al cumplir el servicio pactado o por mutuo acuerdo.La terminación puede ser con o sin justa causa, con el pago de una posible indemnización.
Requisitos y formalidades de la contratación por prestación de servicio.
Contrato de prestación de servicios en Colombia: Guía legal

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Derechos y obligaciones del contratista y el contratante

En un contrato de prestación de servicios, tanto el contratante (quien paga) como el contratista (quien presta el servicio) tienen una serie de derechos y obligaciones que deben ser respetados para que la relación contractual se mantenga de manera legal y justa.

Derechos y Obligaciones del Contratista

  • Derechos:
    • Recibir el pago de los honorarios pactados en los plazos establecidos.
    • Contar con la información y las herramientas necesarias para ejecutar el servicio (si se pacta).
    • Mantener la autonomía y la libertad para ejecutar su trabajo sin subordinación.
    • Tener la seguridad de que el contrato termina una vez que el servicio se ha completado.
  • Obligaciones:
    • Cumplir con el servicio o la tarea para la cual fue contratado en el tiempo y forma acordados.
    • Asumir de forma independiente sus responsabilidades fiscales y de seguridad social.
    • Garantizar la calidad del servicio o el resultado final del trabajo.

Derechos y Obligaciones del Contratante

  • Derechos:
    • Recibir el servicio o el producto final de calidad en el tiempo pactado.
    • Exigir el cumplimiento del contrato y sus condiciones.
    • Terminar el contrato si el contratista no cumple con sus obligaciones.
  • Obligaciones:
    • Pagar los honorarios acordados en el contrato.
    • No exigir al contratista subordinación o el cumplimiento de un horario fijo.
    • Suministrar la información necesaria para que el contratista pueda realizar su trabajo.
Elementos esenciales de la contratación por prestación de servicios.
¿Sabes cómo funciona un contrato por prestación de servicios?

Aspectos legales

El contrato de prestación de servicios en Colombia se rige principalmente por las normas del Código Civil y el Código de Comercio, a diferencia del contrato laboral que se sustenta en el Código Sustantivo del Trabajo.

  • Principio de la Autonomía de la Voluntad: Este principio, consagrado en el artículo 1602 del Código Civil, establece que los contratos son ley para las partes. Esto significa que las condiciones del servicio, la remuneración y el plazo de ejecución son acordados libremente entre el contratista y el contratante, siempre y cuando no contradigan la ley.
  • Ausencia de Subordinación: La característica legal más importante, definida por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, es la inexistencia de subordinación. Si se comprueba que el contratante ejerce un control directo sobre el contratista (horario fijo, órdenes constantes, uso de herramientas de la empresa, etc.), la relación puede ser declarada laboral por un juez, sin importar lo que diga el contrato. Este fenómeno se conoce como «contrato realidad» y busca proteger los derechos del trabajador.

Seguridad Social

La obligación de cotizar a la seguridad social para los contratistas está explícitamente regulada por la ley colombiana.

  • Ley 100 de 1993: Esta ley es el pilar del sistema de seguridad social integral en Colombia. Su artículo 15 establece que todos los residentes del país con capacidad de pago deben afiliarse al sistema de salud y pensión, incluyendo a los trabajadores independientes, como lo son los contratistas.
  • Ley 1562 de 2012: Esta normativa modificó la Ley 100 y es crucial para los contratistas. Su artículo 2 define que los trabajadores independientes deben afiliarse de forma obligatoria al Sistema General de Riesgos Laborales (ARL) si su actividad implica un riesgo para la salud o integridad.
  • Decreto 1273 de 2018: Este decreto reglamentó el pago de aportes a la seguridad social para los contratistas. Establece que la cotización se debe calcular sobre el 40% del valor total de los honorarios mensuales y que el pago se debe realizar a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).

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Diferencias entre el contrato por prestación de servicios y el contrato de trabajo.
Contrato de prestación de servicios en Colombia: Guía legal

FAQ Contrato de Prestación de Servicios

No. La legislación colombiana establece que las prestaciones sociales como primas, cesantías y vacaciones son exclusivas de los trabajadores con un contrato laboral. El pago que recibe un contratista, conocido como honorarios, ya incluye estos beneficios de forma indirecta.

No. Si un contratante exige un horario fijo y tiene control total sobre el trabajo del contratista, la relación se considera laboral y no de prestación de servicios. Si esto ocurre, el contratista podría demandar a la empresa para que le reconozcan todos los derechos de un trabajador.

La duración del contrato de prestación de servicios está ligada a la realización de la tarea o el proyecto. Por lo tanto, no se puede firmar por un tiempo indefinido. Si la relación laboral se extiende por mucho tiempo de manera continua, es probable que se configure como un contrato laboral encubierto, lo que podría traer problemas legales.

Como el contratista debe estar afiliado a la seguridad social, su EPS (Entidad Promotora de Salud) cubrirá los gastos médicos y la incapacidad por enfermedad. Si el accidente está relacionado con la actividad profesional, será la ARL (Administradora de Riesgos Laborales) la que cubra los gastos.

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