La pensión de sobrevivientes para hijos discapacitados en Colombia es un derecho fundamental que busca garantizar la protección económica de aquellos menores o mayores de edad con discapacidad que han perdido a uno o ambos padres. Este beneficio, regulado por el sistema de seguridad social, es clave para asegurar la estabilidad financiera de los hijos en condición de vulnerabilidad.
En este artículo, exploraremos en detalle:
- Qué es la pensión de sobrevivientes y quiénes tienen derecho a ella.
- Requisitos específicos para hijos con discapacidad.
- Cómo se calcula el monto de la pensión.
- Trámites y documentos necesarios para solicitarla.
- Normativa legal vigente en Colombia.
- Qué pasa si la solicitud es negada.
Si buscas información clara y actualizada sobre este tema, ¡sigue leyendo!

¿Qué es la pensión de sobrevivientes y quiénes pueden acceder a ella?
La pensión de sobrevivientes es un beneficio económico que se otorga a los familiares dependientes de un afiliado al sistema de pensiones (ya sea Colpensiones o un Fondo Privado de Pensiones) cuando este fallece. Entre los beneficiarios están:
- El cónyuge o compañero(a) permanente
- Los hijos menores de 25 años (si están estudiando)
- Los hijos con discapacidad, sin límite de edad
Este último punto es crucial, ya que los hijos discapacitados tienen derecho a recibir la pensión de por vida, siempre que cumplan con los requisitos legales.
Base legal
- Ley 100 de 1993 (Sistema General de Pensiones)
- Decreto 1885 de 1994 (Reglamentación de pensiones de sobrevivientes)
- Ley 1996 de 2019 (Protección de personas con discapacidad)
Requisitos para obtener la pensión de sobrevivientes para hijos discapacitados
Para que un hijo con discapacidad pueda acceder a este beneficio, se deben cumplir los siguientes requisitos:
A. Condiciones del hijo discapacitado
- Tener una discapacidad certificada (mínimo del 50%, según el CONADIS o una EPS autorizada).
- Dependencia económica del fallecido: El hijo debe haber dependido económicamente del afiliado al momento de su muerte.
- No tener ingresos propios suficientes para su sustento.
B. Condiciones del afiliado fallecido
- Haber cotizado al menos 50 semanas en los últimos 3 años antes de su fallecimiento (si estaba en el Régimen de Prima Media – Colpensiones).
- Si pertenecía a un Fondo Privado de Pensiones (AFP), se aplican las reglas específicas de cada administradora.

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¿Cómo se calcula el monto de la pensión de sobrevivientes?
El valor de la pensión depende del régimen al que pertenecía el afiliado:
A. En Colpensiones (Régimen de prima media)
Se calcula así:
- 75% del ingreso base de liquidación (IBL) del fallecido, si hay un solo beneficiario.
- Si hay más beneficiarios (ejemplo: cónyuge e hijos), se divide proporcionalmente.
B. En un fondo privado de pensiones (AFP)
El monto depende del saldo acumulado en la cuenta del afiliado y se paga bajo las condiciones establecidas en la póliza.
Trámites para solicitar la pensión de sobrevivientes para hijos discapacitados
El proceso consta de los siguientes pasos:
Paso 1: Reunir la documentación necesaria
- Certificado de defunción del afiliado.
- Certificado de discapacidad (emitido por una EPS o el CONADIS).
- Documentos que acrediten la dependencia económica (facturas, matrículas, declaraciones de renta).
- Cédula del hijo discapacitado y del representante legal (si aplica).

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Paso 2: Presentar la solicitud
- Si el fallecido estaba en Colpensiones, se debe acudir a una oficina de Colpensiones.
- Si estaba en una AFP, se debe contactar directamente con la administradora.
Paso 3: Esperar la resolución
El trámite puede tardar hasta 30 días hábiles. Si es aprobado, el pago se hará mensualmente.
¿Qué pasa si niegan la pensión? Recursos legales disponibles
Si la solicitud es rechazada, se pueden presentar los siguientes recursos:
- Derecho de petición (para solicitar una revisión).
- Recurso de reposición (ante la misma entidad).
- Acción de tutela (si hay vulneración de derechos fundamentales).

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