En este artículo se brindará una explicación clara y detallada sobre los delitos querellables en el Código Penal colombiano y su procesamiento ante la justicia.
En Colombia, los delitos querellables son aquellos en los cuales la víctima o el ofendido tienen el derecho y la obligación de iniciar la acción penal ante la autoridad judicial.
Es importante conocer y entender estos delitos, ya que el conocimiento de los mismos puede ser de gran utilidad en caso de ser víctima de uno de ellos.
¿Cuáles son los delitos querellables?
En Colombia, estos delitos incluyen una amplia gama de acciones, como lesiones personales, violaciones, delitos económicos y delitos contra la propiedad. Es importante tener en cuenta que en Colombia, la acción y persecución de los delitos querellables están directamente ligadas a la acción y decisión de la víctima.
Por esta razón, es fundamental conocer cuáles son los delitos querellables en Colombia y comprender su procesamiento y consecuencias legales. Conocer estos y sus implicaciones es esencial para garantizar que la justicia cumpla y los derechos de las víctimas sean protegidos adecuadamente. Leer: Diferencia entre contrato mercantil y civil: Aspectos fundamentales.
¿Qué dice el artículo 74 del Código Penal?
La acción penal por los delitos querellables, a excepción de aquellos en los que la víctima sea un menor de edad, requiere la presentación de una querella ante la autoridad judicial.
Estos delitos incluyen aquellos que no tienen una pena privativa de la libertad señalada en el Código Penal, así como la inducción o ayuda al suicidio (artículo 107), lesiones personales sin secuelas que produzcan incapacidad laboral o enfermedad por un período de hasta 60 días (artículo 112, incisos 1 y 2), y lesiones personales con deformidad física transitoria (artículo 113, inciso 1).
- Delitos requeridos de querella para iniciar acción penal incluyen: Inducción o ayuda al suicidio (artículo 107).
- Lesiones personales sin secuelas (artículo 112).
- Lesiones personales con deformidad física temporal (artículo 113).
- Lesiones personales con perturbación funcional temporal (artículo 114).
- Parto o aborto preterintencional (artículo 118).
- Lesiones personales culposas (artículo 120).
- Omisión de socorro (artículo 131),
- violación de libertad religiosa (artículo 201),
- injuria (artículo 220),
- calumnia (artículo 221),
- injuria y calumnia indirecta (artículo 222),
- injuria por vías de hecho (artículo 226),
- injurias recíprocas (artículo 227),
- violencia intrafamiliar (artículo 229),
- maltrato mediante restricción de libertad (artículo 230),
- inasistencia alimentaria (artículo 233),
- malversación de bienes de familiares (artículo 236),
- hurto simple hasta 150 salarios mínimos (artículo 239),
- alteración, desfiguración y suplantación de marcas de ganado (artículo 243),
- estafa hasta 150 salarios mínimos (artículo 246).
Estos delitos no requieren querella cuando el sujeto pasivo es un menor de edad.
Video: Artículo 74 del CPP Colombiano Ley 906 de 2004
¿Qué delitos no requieren querella?
Hay algunos delitos que no requieren querella para iniciar una acción penal. Estos incluyen los delitos más graves, como homicidio, asesinato, secuestro, extorsión, entre otros. Además, en casos de delitos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, la acción penal puede iniciarse de oficio por parte de la Fiscal
En Colombia, existen algunos delitos que no requieren querella para ser perseguidos por la justicia. Estos son conocidos como delitos públicos y son aquellos que afectan a la sociedad en su conjunto, por lo que la acción penal es ejercida por el Ministerio Público sin necesidad de que alguien haya presentado una querella.
Algunos ejemplos de delitos públicos incluyen el homicidio, el secuestro, la extorsión, el tráfico de drogas, entre otros. Es importante destacar que estos delitos son perseguidos y castigados con mayor rigor y gravedad en comparación con los delitos querellables. Leer: 10 Delitos informáticos en Colombia: protégete en la era digital.
¿Cuál es la diferencia entre querella, denuncia y demanda?
La diferencia entre querella, denuncia y demanda radica en el momento y en el objetivo de cada uno de ellos en el proceso penal. La querella es una acción iniciada por una persona que ha sufrido un daño y busca la persecución penal contra el presunto responsable.
La denuncia, por su parte, es una acción realizada por cualquier persona que conoce un delito y lo hace saber a la autoridad para que se inicie una investigación.
La demanda, en cambio, es la petición formal de una persona a la justicia para que se resuelva un asunto específico en un proceso judicial. Cada una de estas acciones cumple un rol importante en el proceso penal y pueden ser utilizadas de manera conjunta o separada dependiendo del caso concreto.
Términos para presentar una querella
Los términos para presentar una querella son importantes a la hora de iniciar un proceso penal en Colombia. La querella se puede presentar por escrito ante un juez o un fiscal, y debe incluir los siguientes elementos: nombre completo del querellante, descripción detallada de los hechos y delito que se denuncia, nombre del presunto responsable y pruebas que respalden la acusación.
Además, es necesario que el querellante haya sufrido un perjuicio o lesión por parte del presunto responsable, lo que se conoce como «intereses lesionados». Es importante seguir estos pasos y términos para asegurar una correcta presentación de la querella y garantizar un proceso justo y efectivo. Leer: Cómo presentar una demanda en Colombia: Guía paso a paso.
Requisitos de la querella
Los requisitos de una querella son esenciales para su validez y deben cumplirse de manera estricta para que pueda ser aceptada por el sistema judicial. Estos requisitos incluyen la identificación completa y verificable del querellante, una descripción detallada del hecho que se considera delictivo, el nombre del presunto delincuente y una prueba suficiente para fundamentar la acusación.
Además, la querella se debe presentar por escrito y firmar el querellante o su representante legal. Es importante destacar que la falta de cumplimiento de cualquiera de estos requisitos puede llevar a la negación o rechazo de la querella por parte de las autoridades judiciales
Conductas punibles que requieren querella en Colombia
En Colombia, existen ciertas conductas punibles que requieren querella para iniciar un proceso penal. Estos delitos incluyen lesiones personales sin secuelas que produzcan incapacidad para trabajar o enfermedad por menos de 60 días, lesiones personales con deformidad física transitoria, lesiones personales con perturbación funcional transitoria.
Parto o aborto preterintencional, lesiones personales culposas, omisión de socorro, violación a la libertad religiosa, injuria, calumnia, injuria y calumnia indirecta, injuria por vías de hecho, injurias recíprocas, violencia intrafamiliar, maltrato mediante restricción a la libertad física, inasistencia alimentaria, malversación y dilapidación de los bienes de familiares.
Hurto simple por un monto no excedente a 150 salarios mínimos, alteración, desfiguración y suplantación de marcas de ganado y estafa por un monto no excedente a 150 salarios mínimos. En estos casos, la querella debe presentarla la víctima o por un tercero autorizado por ella. Leer: ¿Cuáles son los delitos contra el patrimonio económico?
¿Cuál es el objetivo de una querella?
El objetivo principal de una querella es dar inicio a un proceso penal en contra de una persona acusada de haber cometido un delito. La querella se presenta ante un juez o un fiscal, y permite que se inicie una investigación para determinar si existen suficientes pruebas para llevar adelante un juicio en contra del acusado.
Una vez presentada la querella, el juez o fiscal evalúa si existe probable causa para proceder con un proceso penal, y en caso afirmativo, ordena la realización de las investigaciones necesarias para acumular pruebas y establecer una sentencia en caso de ser necesario.
¿Cuándo hay conciliación de delitos querellables?
En Colombia, cuando existe un delito querellable, puede darse una conciliación entre el acusador y el acusado antes de iniciarse el proceso penal.
Esta conciliación se realiza con el objetivo de resolver el conflicto de manera pacífica y satisfactoria para ambas partes, evitando así un proceso largo y costoso. La conciliación se lleva a cabo con la intervención de un juez o un mediador y debe aprobarse por la autoridad judicial.
Si se llega a un acuerdo, se puede solicitar al juez la extinción de la acción penal. Sin embargo, esta opción no está disponible en todos los casos y depende de la gravedad del delito y de las circunstancias específicas del caso.
Delitos querellables ejemplos
Algunos ejemplos de delitos querellables en Colombia son:
- Inducción o ayuda al suicidio (artículo 107 del Código Penal).
- Lesiones personales sin secuelas (artículo 112 del Código Penal).
- Lesiones personales con deformidad física temporal (artículo 113 del Código Penal).
- Lesiones personales con perturbación funcional temporal (artículo 114 del Código Penal).
- Estafa (artículo 246 del Código Penal).
- Abuso de confianza (artículo 247 del Código Penal).
- Protección de datos (artículo 269A del Código Penal).
- Protección a los derechos de autor (artículo 270 del Código Penal).
- Inasistencia alimentaria (artículo 233 del Código Penal).
- Uso ilegítimo de patentes (artículo 290 del Código Penal).
En estos casos, la acción penal no se inicia de oficio, sino que requiere de la presentación de una querella por parte de la víctima o de su representante legal. La querella es un documento escrito en el que la víctima narra los hechos que constituyen el delito y solicita que se inicie la investigación correspondiente.
La querella debe presentarse ante el fiscal competente dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que la víctima tuvo conocimiento del hecho. Si la querella se presenta fuera de este plazo, se podrá admitir a trámite, pero la pena se reducirá a la mitad.
Una vez presentada la querella, el fiscal debe iniciar la investigación para determinar si existen elementos suficientes para acusar al presunto responsable del delito. Si el fiscal decide acusar, el proceso se seguirá ante un juez de conocimiento, quien será el encargado de determinar si el imputado es culpable o inocente.